Planes de Seguridad y Autoprotección

En la ley 2/1985 del 21 de Enero, se estableció la obligación del Gobierno de establecer un catálogo de actividades susceptibles de dar origen a una situación de emergencia, y la obligación de los titulares de estos centros de disponer de un sistema de autoprotección.

Con la publicación de la Norma Básica de Autoprotección (RD 393/2007), quedó establecido este catálogo y la obligatoriedad de disponer de un Plan de Autoprotección para la realización de dichas actividades.

Así mismo la Comunidad Autónoma de Canarias mediante el Decreto 67/2015 de 30 de abril, aprueba el Reglamento de Autoprotección exigible a determinadas actividades, centros o establecimientos que puedan dar origen a situaciones de emergencia en Canarias. Desde ese momento, DAS Directores Asesores de Seguridad, S.L. adoptó la forma requerida en dicho Decreto para redactar estos Planes de Autoprotección, y los desarrolla persiguiendo los objetivos que los mismos deben cumplir:

  • Responder a la normativa vigente en materia de Autoprotección y Protección Civil.
  • Conocer la situación actual del edificio o recinto y su adecuación a las normativas vigentes, especialmente normativa de Protección Contra Incendios (PCI).
  • Unificar y centralizar la documentación referente a la instalación o actividad: características principales, riesgos identificados, medios de protección, planos…
  • Facilitar procedimientos de actuación ante la materialización de un riesgo.
  • Concienciar de la importancia de la prevención.
  • Aumentar la rapidez de respuesta en situaciones de emergencia.

DAS realiza tanto la elaboración como la implantación de los Planes de Seguridad y Autoprotección, incluyendo los simulacros de emergencia necesarios.

Acreditaciones

ISO 9001

Seguridad y Emergencias

Ministerio del Interior